Piguave-Chávez et al. (2022)
Así mismo, la Ley Orgánica Integral para la Prevención y Erradicación de la
Violencia de Género Contra las Mujeres (2018), en su artículo 9 manifiesta que
existen cinco tipos de violencia, los cuales son: violencia física, se presenta en
forma de maltrato o agresión y afecta la integridad física de la persona; violencia
psicológica, son las conductas que causan daño de forma emocional, como
consecuencia de esta vulneración esta la perdida de autoestima, menosprecio
de dignidad personal, denigración, controlar creencias y decisiones; violencia
sexual, es vulneración o restricción del derecho a la integridad sexual y el acto
de decidir sobre la vida sexual de otra persona, mediante amenazas,
intimidación, entre otros; violencia económica y patrimonial, ocasiona
disminución en los recursos económicos y patrimoniales, incluidos los de la
sociedad conyugal y bienes de uniones de hecho y; por último esta la violencia
simbólica, se refiere a la conducta basada en estereotipos, símbolos, signos e
imposiciones de género y creencias que reproducen relaciones de dominación y
desigualdad.
Mientras que en el artículo 11 se establece los ámbitos donde se desarrolla la
violencia de género, estos son: intrafamiliar o doméstico, se ejerce en el núcleo
familiar mismo que está integrado por personas que la víctima se haya
relacionado de manera familiar, íntima, afectiva, convivencia o noviazgo;
educativo, se da a través de acciones y conductas que inducen los docentes,
personal administrativo o compañeros; laboral, se produce en la convivencia
laboral afectando salud, autoestima, integridad, libertad y seguridad impidiendo
su desarrollo; cibernético, se transmite por medio de las redes sociales o
plataformas virtuales, esto incluye publicación de videos, audios o imágenes que
vulneren el derecho a la intimidad, acoso u hostigamiento virtual; en el espacio
público o callejero, acciones físicas y verbales de naturaleza o con significado
sexual por parte de personas desconocidas en los lugares públicos o privados.
En lo relacionado a la provincia de Santa Elena, de acuerdo a la Fiscalía General
del Estado (2020) existen delitos de violencia, entre los más comunes son
violación, violencia física, violencia psicológica y acoso sexual contra la mujer.
El cantón Salinas específicamente y la parroquia José Luis Tamayo, también
forma parte de las estadísticas de violencia dentro del territorio.
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