Revista Científica Arbitrada de Investigación en Comunicación, Marketing y Empresa  
REICOMUNICAR. Vol. 7, Núm. 14 (Ed. Julio Diciembre 2024) ISSN: 2737-6354.  
El principio de imputación necesaria en los delitos de corrupción de funcionarios en la  
jurisdicción de Apurimac, 20222023.  
El principio de imputación necesaria en los delitos de corrupción de  
funcionarios en la jurisdicción de Apurimac, 20222023  
The Principle of Necessary Imputation in Corruption Crimes by  
Public Officials in the Jurisdiction of Apurimac, 20222023  
Quispe-Huanca Edison  
Universidad Nacional San Antonio Abad del Cusco. Cusco, Perú.  
RESUMEN  
El presente trabajo de investigación tuvo como objetivo: Determinar si existe cumplimiento del  
principio de la imputación necesaria en los Delitos contra la Administración pública en la  
modalidad de corrupción de funcionarios en el distrito fiscal de Apurímac. Metodología, el  
enfoque de la investigación es cuantitativo, El tipo de investigación es básica, nivel descriptivo-  
correlacional; método inductivo-deductivo, diseño no experimental; población conformada por  
110 operadores de justicia, muestreo no probabilístico, las técnicas, observación y encuestas,  
instrumento, cuestionario de preguntas, para obtener los resultados se utilizó la estadística  
descriptiva e inferencial, con el programa estadístico SPSS24. Conclusiones: Se determinó,  
según el estadístico de correlación de Rho de Spearman que la correlación es positiva (r= ,846)  
y significativa con un p-valor ,000 < α = 0,05, en consecuencia, rechazamos la hipótesis nula y  
aceptamos la hipótesis de investigación entre el principio de imputación necesaria y los delitos  
en la administración pública en la modalidad de corrupción de funcionarios en el distrito judicial  
de Apurímac.  
Palabras claves: Principio de Imputación Necesaria, Delitos en la Administración Pública,  
Corrupción de Funcionarios, Elemento de Hecho, Elemento Jurídico y Elemento Probatorio.  
ABSTRACT  
The objective of this research was to determine whether there is compliance with the principle of  
necessary imputation in crimes against public administration in the form of corruption of public  
officials in the judicial district of Apurímac. Methodology: The research follows a quantitative  
approach. It is a basic, descriptive-correlational level study, using the inductive-deductive method  
and a non-experimental design. The population consisted of 110 justice operators, and the  
sampling was non-probabilistic. The techniques used included observation and surveys, and the  
instrument was a questionnaire. To obtain the results, descriptive and inferential statistics were  
used with the SPSS24 statistical program. Conclusions: It was determined, according to  
Spearman's Rho correlation statistic, that the correlation is positive (r= .846) and significant with  
a p-value of .000 < α = 0.05. Consequently, the null hypothesis was rejected, and the research  
hypothesis was accepted, indicating a significant correlation between the principle of necessary  
imputation and crimes in public administration in the form of corruption of officials in the judicial  
district of Apurímac.  
Keywords: Principle of Necessary Imputation, Crimes in Public Administration, Corruption of  
Officials, Factual Element, Legal Element, and Probative Element.  
Información del manuscrito:  
Fecha de recepción: 22 de abril de 2024.  
Fecha de aceptación: 25 de junio de 2024.  
Fecha de publicación: 10 de julio de 2024.  
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Quispe-Huanca. (2024)  
1. INTRODUCCIÓN  
El presente trabajo examina este principio resulta fundamental en la delimitación  
de la responsabilidad penal, ya que exige que la acusación fiscal se sustente en  
una actividad probatoria adecuada, evitando caer en arbitrariedades que  
vulneren derechos fundamentales, como el derecho a la defensa y la presunción  
de inocencia (Sánchez, 2021). En este sentido, el principio de imputación  
necesaria, pues señalamos que la imputación necesaria delimita la  
responsabilidad de la acusación fiscal; la fórmula básica que se establece o  
requiere es el desarrollo en una actividad probatoria mínima que deberá ejercer  
la fiscalía a fin de imputar una determinada conducta dándole un sentido  
determinado dentro del aspecto normativo sin caer en el abuso de autoridad vista  
está a través del principio de la interdicción de la arbitrariedad.  
“El comportamiento humano es siempre objeto de valoración normativa y de  
prueba en tal sentido para realizar un correcto juicio de imputación del hecho  
debe estar claramente determinado e individualizado, pero además la prueba  
debe estar orientado a demostrarlo por su idoneidad y legalidad”.  
La doctrina penal ha subrayado la importancia de una correcta imputación que  
individualice y delimite la conducta ilícita de forma clara y precisa, permitiendo  
un juicio justo. Fernández (2020) señala que la imputación debe ser clara y  
específica en cuanto a los hechos atribuidos, de modo que no solo se garantice  
la justicia penal, sino también la protección de los derechos del imputado. Esta  
precisión es clave para evitar imputaciones genéricas que pueden derivar en  
condenas injustas o abusos de poder.  
Imputar, desde una perspectiva penal, implica atribuir una conducta ilícita a un  
individuo concreto. Como explica Núñez (2019), la imputación en el derecho  
penal no se limita a la mera descripción de un hecho, sino que debe involucrar  
la demostración clara de la relación de causalidad entre la conducta y el  
resultado ilícito, asegurando que se respete el debido proceso. El hecho, como  
elemento central de la imputación, debe estar estructurado y configurado  
adecuadamente para que la acusación fiscal pueda fundamentarse de manera  
sólida.  
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REICOMUNICAR. Vol. 7, Núm. 14 (Ed. Julio Diciembre 2024) ISSN: 2737-6354.  
El principio de imputación necesaria en los delitos de corrupción de funcionarios en la  
jurisdicción de Apurimac, 20222023.  
En investigaciones recientes sobre delitos de corrupción, Pérez (2019) destaca  
la relevancia del principio de imputación necesaria en los casos de funcionarios  
públicos, argumentando que la falta de una imputación clara y probada afecta no  
solo la justicia del caso, sino también la percepción de integridad en el sistema  
judicial. En el contexto de Apurímac, es crucial que los operadores de justicia  
apliquen este principio correctamente para garantizar la legalidad de los  
procesos judiciales y evitar violaciones de derechos fundamentales.  
Ruiz (2020) concluye que una imputación mal fundamentada no solo afecta al  
acusado, sino también al sistema judicial en su conjunto, minando la confianza  
pública y la eficiencia de las investigaciones en delitos complejos como los de  
corrupción. Esto resalta la importancia de asegurar que, en el contexto de  
Apurímac, los fiscales y jueces cuenten con los recursos y conocimientos  
necesarios para aplicar este principio de manera adecuada. El hecho es el  
elemento estructural que debe tener la información de la imputación, es decir  
debe contener la descripción de los hechos que son materia de investigación  
penal; debe entenderse que el hecho es el suceso anterior y externo al proceso  
relacionado al actuar humano el cual se subsume en un tipo penal; en este  
sentido no es suficiente con establecer el hecho describiendo el suceso típico de  
manera general; es muy necesario o por así decirlo será necesario establecer su  
concreta configuración y el aporte individual que realiza cada persona en  
particular, especialmente es determinante que se termine la relación de  
causalidad entre la conducta y el resultado.  
2. METODOLOGÍA  
La presente investigación se sustenta en el método hipotético-deductivo, el cual  
permite ir de la formulación de una hipótesis a la deducción de consecuencias  
observables y medibles, con el objetivo de determinar la veracidad de los hechos  
o conocimientos mediante el principio de falsación. Este método comprende  
cuatro pasos esenciales: la observación o identificación de un problema, la  
formulación de una hipótesis, la deducción de consecuencias que puedan ser  
contrastadas, y la verificación o experimentación a través de la observación  
(Ñaupas, Mejía, Novoa y Villagómez, 2014). Este enfoque es adecuado para  
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Quispe-Huanca. (2024)  
investigaciones que buscan establecer la validez de supuestos teóricos y su  
correspondencia con la realidad empírica.  
Tras la aplicación de encuestas realizadas a 110 personas, se obtuvo un  
conjunto de datos que fue procesado para su análisis estadístico. Es importante  
señalar que, aunque los datos recopilados por sí solos no aportan información  
significativa, su organización y procesamiento adecuado son fundamentales  
para responder a las hipótesis planteadas y alcanzar las conclusiones esperadas  
(Valderrama, 2013). Este proceso metodológico asegura que los datos se  
presenten de manera coherente y lógica, facilitando la interpretación de los  
resultados.  
El diseño de investigación es no experimental, de tipo transversal, ya que no se  
manipulan deliberadamente las variables y se observan los fenómenos en su  
contexto natural, tal como ocurren, sin intervención por parte del investigador  
(Hernández, Fernández y Baptista, 2014). Este enfoque permite analizar la  
relación entre variables en un momento determinado, lo que resulta  
particularmente útil en estudios que buscan comprender la dinámica de los  
fenómenos sociales sin alterarlos. Además, el nivel de investigación es  
descriptivo-correlacional, lo que implica la especificación de propiedades,  
características y perfiles de los sujetos o fenómenos estudiados, y la  
identificación de relaciones o asociaciones entre las variables involucradas  
(Hernández, 2010).  
La población objeto de estudio está conformada por operadores de justicia del  
Distrito Judicial de Apurímac, incluyendo fiscales, jueces y abogados  
especializados en delitos de corrupción. La muestra, de tipo no probabilístico e  
intencionada, fue seleccionada con base en criterios definidos por el  
investigador, asegurando su representatividad (Ñaupas, Mejía, Novoa y  
Villagómez, 2014). Este tipo de muestreo se justifica en investigaciones donde  
el investigador tiene un conocimiento detallado de las características de la  
población y selecciona aquellos elementos que considera más representativos  
del fenómeno estudiado (Carrasco, 2007).  
Las técnicas utilizadas incluyeron la observación y la encuesta, complementadas  
con el análisis documental y el fichaje de información relevante. La observación  
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El principio de imputación necesaria en los delitos de corrupción de funcionarios en la  
jurisdicción de Apurimac, 20222023.  
permitió captar de manera sistemática los datos empíricos necesarios, mientras  
que la encuesta, como técnica de investigación social, facilitó la recolección de  
datos mediante preguntas directas a los sujetos de estudio (Carrasco, 2007). Los  
instrumentos empleados, como el cuestionario, fueron diseñados para recopilar  
la información necesaria y cumplir con los objetivos de la investigación (Bernal,  
2
016).  
3. RESULTADOS Y DISCUSIÓN  
Se presenta los resultados de la investigación según los objetivos de la misma.  
Tabla 1. ¿La descripción de los hechos es considerado un elemento de Hecho?  
Validos  
Siempre  
A veces  
Frecuencia  
Porcentaje  
68%  
F acumulada  
% acumulado  
68%  
41  
19  
0
41  
60  
60  
32%  
0%  
100%  
100%  
Nunca  
Total  
60  
100  
Nota: Base de datos  
Figura 1. Descripción de los hechos es considerado un elemento de Hecho  
Interpretación: Observamos que del 100% de los encuestados (60) el 68%  
contestó Siempre y el 32% A Veces, lo que quiere decir que la mayoría considera  
que la descripción de los hechos es considerada un elemento de hecho.  
Tabla 2. ¿Cree usted que la Descripción de participación de los hechos sea consideradouna  
materia de en un elemento de hecho?  
Validos  
Siempre  
A veces  
Nunca  
Frecuencia  
Porcentaje  
F acumulada  
% acumulado  
87%  
52  
8
87  
13  
0
52  
60  
60  
100%  
0
100%  
Total  
60  
100  
Nota: Base de datos  
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Quispe-Huanca. (2024)  
Figura 2. La Descripción de participación de los hechos sea consideradouna materia de en un  
elemento de hecho  
Interpretación: Observamos que del 100% de los encuestados (60) el 87%  
contestó Siempre y el 13% A Veces, lo que quiere decir que la mayoría cree que  
la descripción de participación de los hechos sea considerando una materia de  
un elemento de hecho.  
Tabla 3. ¿Cree usted que el elemento de hecho determina la relación de causalidad entrela  
conducta y el resultado?  
Validos  
Siempre  
A veces  
Nunca  
Frecuencia  
Porcentaje  
78%  
F acumulada  
% acumulado  
78%  
47  
13  
0
47  
60  
60  
22%  
0%  
100%  
100%  
Total  
60  
100%  
Nota: Base de datos  
Figura 3. Elemento de hecho determina la relación de causalidad entrela conducta y el  
resultado  
Interpretación: Observamos que del 100% de los encuestados (60) el 78%  
contestó Siempre y el 22% A Veces, lo que quiere decir que la mayoría cree que  
el elemento de hecho determina la relación de causalidad entre la conducta y el  
resultado.  
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Revista Científica Arbitrada de Investigación en Comunicación, Marketing y Empresa  
REICOMUNICAR. Vol. 7, Núm. 14 (Ed. Julio Diciembre 2024) ISSN: 2737-6354.  
El principio de imputación necesaria en los delitos de corrupción de funcionarios en la  
jurisdicción de Apurimac, 20222023.  
Tabla 4. ¿Cree usted que la ilicitud del autor de un hecho penal sea considerada un  
Elemento Jurídico?  
Validos  
Siempre  
A veces  
Nunca  
Frecuencia  
Porcentaje  
83%  
F acumulada  
% acumulado  
83%  
50  
10  
0
50  
60  
60  
17%  
0%  
100%  
100%  
Total  
60  
100%  
Nota: Base de datos  
Figura 4. Ilicitud del autor de un hecho penal sea considerada un Elemento Jurídico  
Interpretación: Observamos que del 100% de los encuestados (60) el 83%  
contestó Siempre y el 17% A Veces, lo que quiere decir que la mayoría cree que  
la ilicitud del autor de un hecho penal sea considerada un Elemento jurídico.  
Tabla 5. ¿Cree usted que la Determinación de la imputabilidad previa de Manifestaciónsea  
considerada una tipicidad del comportamiento anti normativo de un ElementoJurídico?  
Validos  
Siempre  
A veces  
Nunca  
Frecuencia  
Porcentaje  
68%  
F acumulada  
% acumulado  
68%  
41  
19  
0
41  
60  
60  
32%  
0%  
100%  
100%  
Total  
60  
100%  
Nota: Base de datos  
Figura 5. Determinación de la imputabilidad previa de Manifestaciónsea considerada una  
tipicidad del comportamiento anti normativo de un ElementoJurídico  
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Quispe-Huanca. (2024)  
Interpretación: Observamos que del 100% de los encuestados (60) el 68%  
contestó Siempre y el 32% A Veces, lo que quiere decir que la mayoría cree que  
la determinación de la imputabilidad previa de manifestación sea considerada  
una tipicidad del comportamiento anti normativo de un Elemento Jurídico.  
Tabla 6. ¿Considera usted que el Principio de Imputación Necesaria determine la imputabilidad  
de un Elemento Jurídico?  
Validos  
Siempre  
A veces  
Frecuencia  
Porcentaje  
75%  
F acumulada  
% acumulado  
75%  
45  
15  
0
45  
60  
60  
25%  
0%  
100%  
100%  
Nunca  
Total  
60  
100%  
Nota: base de datos  
Figura 6. Principio de Imputación Necesaria determine la imputabilidad de un Elemento  
Jurídico  
Interpretación: Observamos que del 100% de los encuestados (60) el 75%  
contestó Siempre y el 25% A Veces, lo que quiere decir que la mayoría considera  
que el principio de imputación necesaria determine la imputabilidad de un  
Elemento Jurídico.  
Tabla 7. ¿Los Elementos de convicción son considerados un elemento Probatorio?  
Validos  
Siempre  
A veces  
Frecuencia  
Porcentaje  
85%  
F acumulada  
% acumulado  
85%  
51  
9
0
51  
60  
60  
15%  
0%  
100%  
100%  
Nunca  
Total  
60  
100%  
Nota: base de datos  
8
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El principio de imputación necesaria en los delitos de corrupción de funcionarios en la  
jurisdicción de Apurimac, 20222023.  
Figura 7. Elementos de convicción son considerados un elemento Probatorio  
Interpretación: Observamos que del 100% de los encuestados (60) el 85%  
contestó Siempre y el 15% A Veces, lo que quiere decir, que la mayoría cree que  
los elementos de convicción son considerados un elemento probatorio.  
Tabla 8. ¿Considera usted que los Medios de Prueba determina el elemento probatoriode una  
conclusión incriminatoria?  
Validos  
Siempre  
Frecuencia  
Porcentaje  
75%  
F acumulada  
% acumulado  
75%  
45  
15  
0
45  
60  
60  
A veces  
25%  
100%  
Nunca  
0%  
100%  
Total  
60  
100%  
Nota: base de datos  
Figura 8. Medios de Prueba determina el elemento probatoriode una conclusión incriminatoria  
Interpretación: Observamos que del 100% de los encuestados (60) el 75%  
contestó Siempre y el 25% A Veces, lo que quiere decir, que la mayoría  
considera que los Medios de Prueba determina el Elemento Probatorio de una  
conclusión incriminatoria.  
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Quispe-Huanca. (2024)  
Tabla 9. ¿Cree usted que el Elemento Probatorio es considerado un Órgano de pruebade una  
conclusión incriminatoria?  
Validos  
Siempre  
A veces  
Frecuencia  
Porcentaje  
77%  
F acumulada  
% acumulado  
77%  
46  
14  
0
46  
60  
60  
23%  
0%  
100%  
100%  
Nunca  
Total  
60  
100%  
Nota: base de datos  
Figura 9. Elemento Probatorio es considerado un Órgano de pruebade una conclusión  
incriminatoria  
Interpretación: Observamos que del 100% de los encuestados (60) el 77%  
contestó Siempre y el 23% A Veces, lo que quiere decir, que la mayoría cree que  
el Elemento Probatorio es considerado un Órgano de prueba de una conclusión  
incriminatoria.  
Tabla 10. La Malversación de caudales públicos se determina con una acción de delito  
consistente en el Peculado  
Validos  
Siempre  
Frecuencia  
Porcentaje  
70%  
F acumulada  
% acumulado  
70%  
42  
18  
0
42  
60  
60  
A veces  
30%  
100%  
Nunca  
0%  
100%  
Total  
60  
100%  
Nota: base de datos  
Figura 10. La Malversación de caudales públicos se determina con una acción de delito  
consistente en el Peculado  
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El principio de imputación necesaria en los delitos de corrupción de funcionarios en la  
jurisdicción de Apurimac, 20222023.  
Interpretación: Observamos que del 100% de los encuestados (60) el 70%  
contestó Siempre y el 30% A Veces, lo que quiere decir, que la mayoría  
considerada que la Malversación de caudales públicos se determina con una  
acción de delito consistente en el Peculado.  
Tabla 11. ¿El bien jurídico tutelado se encarga del control y custodia por parte delPeculado?  
Validos  
Siempre  
A veces  
Nunca  
Frecuencia  
Porcentaje  
F acumulada  
% acumulado  
72%  
43  
17  
0
72%  
43  
60  
60  
28%  
100%  
0%  
100%  
Total  
60  
100%  
Nota: Base de datos  
Figura 11. Control y custodia por parte del Peculado  
Interpretación: Observamos que del 100% de los encuestados (60) el 72%  
contestó Siempre y el 28% A Veces, lo que quiere decir que la mayoría considera  
que el bien jurídico tutelado se encarga del control y custodia por parte del  
peculado.  
Tabla 12. ¿Cree usted que la Conducta típica de un Peculado sea considerada una  
modalidad cautelosa en los funcionarios públicos?  
Validos  
Siempre  
Frecuencia  
Porcentaje  
88%  
F acumulada  
% acumulado  
88%  
53  
7
53  
60  
60  
A veces  
12%  
100%  
Nunca  
0
0%  
100%  
Total  
60  
100%  
Nota: base de datos  
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Quispe-Huanca. (2024)  
Figura 12. ¿Cree usted que la Conducta típica de un Peculado sea considerada una  
modalidad cautelosa en los funcionarios públicos?  
Interpretación: Observamos que del 100% de los encuestados (60) el 88%  
contestó Siempre y el 12% A Veces, lo que quiere decir, que la mayoría cree que  
la conducta típica de un Peculado sea considerada una modalidad cautelosa en  
los funcionarios públicos.  
Tabla 13. ¿Cree usted que se determina el Perjuicio al Estado con una malversación dedelitos  
públicos en el Peculado?  
Validos  
Siempre  
A veces  
Frecuencia  
Porcentaje  
80%  
F acumulada  
% acumulado  
80%  
48  
12  
0
48  
60  
60  
20%  
0%  
100%  
100%  
Nunca  
Total  
60  
100%  
Nota: Base de datos  
Figura 13. Perjuicio al Estado con una malversación dedelitos públicos en el Peculado  
Interpretación: Observamos que del 100% de los encuestados (60) el 80%  
contestó Siempre y el 20% A Veces, lo que quiere decir, que la mayoría cree que  
se determina el perjuicio al estado con una malversación de delitos públicos en  
el Peculado.  
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jurisdicción de Apurimac, 20222023.  
Discusión  
Los resultados de la presente investigación permiten afirmar una relación  
significativa entre el principio de imputación necesaria y los delitos en la  
administración pública, específicamente en casos de corrupción de funcionarios  
en el distrito judicial de Apurímac. Estos hallazgos coinciden con investigaciones  
previas, como la de Olivera (2020), quien destaca los efectos jurídicos negativos  
derivados de la inobservancia de este principio en los requerimientos  
acusatorios, afectando derechos fundamentales como la defensa y la presunción  
de inocencia. Este paralelo refuerza la importancia de una correcta aplicación  
del principio de imputación para garantizar un proceso justo en los casos de  
corrupción.  
También, el análisis del elemento de hecho de la imputación necesaria también  
muestra una relación relevante con los delitos en la administración pública, lo  
cual encuentra respaldo en la investigación de Orihuela (2020). Orihuela discute  
cómo la tipicidad objetiva se configura mediante elementos como la relación  
causal y el bien jurídico, lo que es fundamental en la configuración del delito de  
falsa declaración en procedimientos administrativos. Esto subraya la necesidad  
de precisión en la imputación de hechos para evitar errores en la tipificación de  
los delitos contra la administración pública.  
Así mismo, la investigación de Espinoza (2017) aporta un enfoque crítico sobre  
las denuncias por lavado de activos, resaltando que la falta de una correcta  
imputación ha provocado el rechazo de varios procesos. Este argumento se  
alinea con los resultados obtenidos en el presente estudio, donde el elemento  
jurídico de la imputación necesaria se revela como un factor clave en la  
administración de justicia penal. En este sentido, la adecuada imputación es  
crucial para garantizar la viabilidad de los casos en el sistema judicial y prevenir  
fallos procesales que perjudiquen la lucha contra la corrupción.  
En cuanto al elemento probatorio de la imputación necesaria, los hallazgos  
señalan su importancia en la construcción de casos sólidos en delitos de  
corrupción. Esto se relaciona con la investigación de Alviña (2019), quien  
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destaca el desafío que representa la administración desleal en el derecho penal  
chileno, subrayando la necesidad de pruebas robustas para definir los alcances  
de este delito. En línea con este estudio, se puede observar que la adecuada  
presentación de pruebas es esencial para sostener la imputación y asegurar la  
sanción de los delitos en la administración pública.  
Los resultados de este estudio confirman que una imputación necesaria bien  
fundamentada es indispensable para la correcta administración de justicia en  
casos de corrupción. La literatura revisada apoya esta conclusión, y estudios  
adicionales, como el de Rodríguez (2021), enfatizan que la imputación debe  
cumplir con requisitos formales y materiales para ser eficaz. En este contexto, el  
principio de imputación necesaria no solo protege los derechos fundamentales  
de los imputados, sino que también fortalece el sistema judicial al asegurar que  
los delitos sean procesados de manera justa y eficiente.  
4. CONCLUSIONES  
Se determinó, según el estadístico de correlación de Rho de Spearman que la  
correlación es positiva (r= ,846) y significativa con un p-valor ,000 < α = 0,05, en  
consecuencia, rechazamos la hipótesis nula y aceptamos la hipótesis de  
investigación entre el principio de imputación necesaria y los delitos en la  
administración pública en la modalidad de corrupción de funcionarios en el  
distrito judicial de Apurímac.  
Se estableció, según el estadístico de correlación Rho de Spearman que la  
correlación es positiva (r = ,517) y significativa con un p-valor ,000 < α = 0,05, en  
consecuencia, rechazamos la hipótesis nula y aceptamos la hipotesis de  
investigación entre el elemento de hecho de la imputación necesaria y los delitos  
en la administración pública en la modalidad de corrupción de funcionarios.  
Se identificó, según el estadístico de correlación Rho de Spearman que la  
correlación es positiva (r = ,577) y significativa con un p-valor ,000 < α = 0,05, en  
consecuencia, rechazamos la hipótesis nula y aceptamos la hipótesis de  
investigación entre el elemento jurídico de la imputación necesaria y los delitos  
en la administración pública en la modalidad de corrupción de funcionarios.  
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Revista Científica Arbitrada de Investigación en Comunicación, Marketing y Empresa  
REICOMUNICAR. Vol. 7, Núm. 14 (Ed. Julio Diciembre 2024) ISSN: 2737-6354.  
El principio de imputación necesaria en los delitos de corrupción de funcionarios en la  
jurisdicción de Apurimac, 20222023.  
Se describió, según el estadístico de correlación Rho de Spearman que la  
correlación es positiva (r = ,644) y significativa con un p-valor ,000 < α = 0,05, en  
consecuencia, rechazamos la hipótesis nula y aceptamos la hipotesis de  
investigación entre el elemento probatorio de la imputación necesaria para los  
delitos en la administración pública en la modalidad de corrupción de  
funcionarios.  
REFERENCIAS  
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el grado de Magíster. Universidad de Chile.  
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Editorial: Pearson Educación de Colombia S.A.S.  
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Editorial San Marcos.  
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activos en la Segunda Fiscalía de lavado de activos. Tesis para optar el  
grado de Abogacía. Universidad César Vallejo.  
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y alcances. Editorial Jurídica Andina.  
Hernández, R; Fernández, C. y Baptista, M. (2014). Metodología de la  
Investigación. (6ta. ed.). México D. F: Editorial McGraw Hill Education  
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latinoamericano: análisis teórico y práctico. Universidad de Buenos Aires.  
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cuantitativa-cualitativa y redacción de la tesis. (4ta. ed.). Bogotá:  
Ediciones de la U.  
Olivera, M. (2020) Efectos Jurídicos de la inobservancia del principio de  
imputación Necesaria en los Requerimientos acusatorios de la Fiscalía  
Provincial especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de  
Moyobamba, 2018- 2019. Tesis para obtener el grado académico de  
Maestra en Derecho Penal y Procesal Penal. Universidad César Vallejo.  
Orihuela, F. (2020) Tipicidad objetiva en la falsa declaración en procedimiento  
administrativo en delitos contra la administración pública, distrito judicial  
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Penal y Procesal Penal. Universidad César Vallejo.  
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judicial peruano. Pontificia Universidad Católica del Perú.  
Rodríguez, A. (2021). Principios de imputación en el nuevo sistema procesal  
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Ruiz, M. (2020). La crisis de la imputación necesaria en los casos de corrupción  
pública: un enfoque comparativo. Universidad Complutense de Madrid.  
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en la imputación penal. Universidad de Salamanca.  
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Científica. (2da. ed.). Lima: Editorial San Marcos.  
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